Thread: Inquietud
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Old 05-10-2007, 02:33 PM   #7
direct6
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Hola Carlos,

bueno ok de nuevo estoy aca escribiendo mi opinion,ayer lo hice
pero algo pasó que no apareció jamás,quizás era muy largo mi
post,ahora seré breve:
1.-todas las cuentas de ingresos y egresos se deben contabilizar en el
mes que indican los documentos de repaldo de la transacción,y en este caso
el seguro se puede tomar o "comprar" entre el 30-11-06 y la fecha
de embarque que no indicas cuando es,solo la fecha de llegada en enero 2007.

2.-que el seguro lo tome el comprador o el vendedor dependerá tambien del
sistema de negociacion de compra que hicieron,los mas usados
son FOB y CIF,habiendo otros 10 sistemas más.El comprador solo
paga en caso que fuera FOB y el seguro lo
toman a nombre de el y por lo tanto lo debe registrar o contabilizar a partir de ahí.

3.-En el caso de los productos,se deben registrar en Inventario en el momento en que el
comprador recibe los documentos de embarque,dentro de los cuales está la
factura o nota fiscal.Existe dentro de la cuenta "Inventario" una cta especial
para productos que pertenecen a la empresa pero se encuentren "viajando",
esta cta se llama "productos en tránsito" y es donde se deben
regsitrar hasta la fecha en que se reciben fisicamente en la empresa,
en esa fecha se traspasan de cuenta a una definitiva como
"mercaderías" por ejemplo.

espero te ayude Carlos

saludos
Mario
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